Comunicación empresarial y ética

Cómo elegir una junta directiva

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Anonim

El Consejo de Administración o el Consejo de Supervisión es el órgano rector de las empresas comerciales, que incluyen sociedades anónimas y sociedades de responsabilidad limitada. Este órgano es selectivo, sus miembros son elegidos por juntas generales de accionistas o participantes en empresas. Existen ciertas reglas para la elección de la Junta Directiva.

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Manual de instrucciones

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Cualquier persona: un individuo puede ser elegido miembro de la Junta Directiva. Sin embargo, es posible que ni siquiera sea accionista o participante en esta empresa. Pero hay algunas restricciones con respecto a la interacción con el cuerpo ejecutivo. Si es colegiado, entonces el número de sus miembros no debe ser más de un cuarto de la composición cuantitativa de la Junta Directiva. Si el órgano ejecutivo existe en la persona de una persona, esta persona no tiene derecho a ocupar el cargo de presidente del Consejo de Administración.

2

La elección del Consejo de Administración es obligatoria para las sociedades anónimas, cuyo número de accionistas supera las 50 personas. El número de miembros de la Junta Directiva no debe ser inferior a 5 personas. Si el número de sociedades anónimas es de más de 1000 personas, el número mínimo de miembros del Consejo se establece en 7 personas, si son más de 10, 000, al menos 9 personas. En las sociedades anónimas de más de 1000 personas, el órgano de gobierno se elige solo por votación acumulativa, para una LLC, tanto por votación acumulativa como por determinación de una mayoría simple entre los que votaron en la junta general.

3

La legislación actual no contiene prácticamente ninguna restricción sobre el procedimiento para la elección y la formación de las Juntas Directivas de las LLC, por lo tanto, sus actividades y el procedimiento para la elección se rigen por los estatutos de una LLC particular y los documentos internos aprobados por la reunión general de participantes.

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El consejo de administración de las sociedades anónimas se elige anualmente; los accionistas con al menos el 2% de las acciones tienen derecho a nominar candidatos. En este caso, se requiere el consentimiento personal de los ciudadanos elegidos para la Junta Directiva. Es mejor si se recibe por adelantado por escrito para excluir una negativa posterior y una segunda votación.

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Los participantes en la reunión tienen derecho a recibir información completa sobre cada candidato: su edad, educación y los cargos que han ocupado en los últimos cinco años. La información que se proporciona adicionalmente está estipulada por documentos internos de la empresa, por ejemplo, el reglamento de la Junta Directiva.

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Cuando se realiza una votación simple, los accionistas votan con sus acciones por los candidatos que eligen. En este caso, los miembros de la Junta Directiva son los que obtuvieron la mayor cantidad de votos.

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Para proteger los derechos de los accionistas con un pequeño número de acciones, se utiliza la votación acumulativa, en la que el número de votos de cada accionista se multiplica por el número de escaños en el Consejo de Administración. Esto permite a cualquier accionista emitir sus votos en su totalidad a un candidato o distribuirlos entre varios. Este procedimiento de votación garantiza la posibilidad de que un accionista minoritario se convierta en miembro de la Junta Directiva o delegue en él a su candidato.

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